El acuerdo ministerial 135 Art. 10, el Código de Trabajo Art. 434 indica que todas Las empresas que cuente con más de 10 trabajadores en su nómica, debe elaborar y aprobar en la plataforma del SUT (Sistema único de trabajo) el REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE (SH), las actividades a realizar son:
Empresas con menos de 10 trabajadores debe elaborar y aprobar en el SUT un PLAN INTEGRAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, que contiene:
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